FinTech para dummies

FinTech, criptoactivos, blockchain, bitcoin, crowdfunding, P2P lending, ICO. A menudo escuchamos estos términos llamativos en boca de techies y finance people como conceptos complejos y difíciles de entender. Si bien esto podría llegar a ser así en cierto sentido, el mundo FinTech se vuelve bastante simple para alguien que maneja conceptos básicos de finanzas y derecho bancario, ya que los componentes del mundo FinTech son más de lo mismo, con la excepción de la implementación de nuevas tecnologías. Pero la esencia es siempre la misma.

[Fin] [Tech] es, esencialmente y como su nombre lo indica, un término general que combina las palabras ‘finanzas’ y ‘tecnología’. No hay mucha ciencia atrás de esto.  En términos más simples, FinTech se puede usar para describir cualquier innovación que se relacione con la forma en que las empresas buscan mejorar el proceso, la entrega y el uso de los servicios financieros. Si bien la tecnología en ella ha cambiado en una búsqueda de una mayor eficiencia, los productos y servicios siguen siendo en términos prácticos los mismos. En este artículo haré una breve introducción a los nuevos números FinTech, seguido de una comparación entre los productos y servicios financieros tradicionales y aquellos FinTech, sumado a un análisis de como los agentes del mercado son esencialmente los mismos, finalizando con una breve exposición de la regulación aplicable a FinTech en Paraguay. 

El nuevo mundo de las FinTech

Cuando FinTech surgió por primera vez, el término se aplicó principalmente a la tecnología empleada en los sistemas de back-end (pedidos, inventario, procesamiento de suministros) de instituciones financieras ya establecidas. Más recientemente, FinTech también se ha empleado en sistemas front-end, lo que hace que se vuelva más orientado al consumidor. El principal salto dado por el mundo FinTech se dio a partir de la crisis bancaria de 2008, cuando por primera vez en siglos, los servicios y productos financieros fueron ofrecidos no solo por bancos y entidades financieras tal como los conocíamos, sino por ‘pares’ dentro del mercado. Lo más importante, actores que no estaban regulados.

Estas empresas más pequeñas y ágiles soportan una mayor diversidad de productos y proveedores; prometen una mayor portabilidad de los productos financieros que ahora están digitalizados, basados en modelos de negocio híbridos e intersectoriales que les permiten acceder a mercados a menudo cerrados a los bancos tradicionales y a los oferentes de crédito. También ofrecen una mayor transparencia y una mejor gestión de riesgos, al menos en parte gracias a su capacidad para obtener comentarios instantáneos de los clientes y utilizarlos para impulsar ajustes en tiempo real en los servicios que ofrecen.

Sea como sea, FinTech está aquí para quedarse, respaldado por tecnologías emergentes como blockchain (por ejemplo, Ethereum), smart contracts, AI (artificial intelligence) y machine learning, solo por nombrar algunos.  Según Ernst & Young, casi un tercio de los consumidores en los 20 mercados encuestados usan al menos dos servicios de FinTech, y el 84% de los encuestados conocían los servicios de FinTech. El mundo de la innovación ya ha reconocido el potencial de la innovación financiera, y según KPMG, el número, la variedad y el alcance de las nuevas empresas FinTech ha aumentado considerablemente en la última década.  La inversión también está creciendo:  hace casi siete años, según una encuesta de Accenture, la industria FinTech atrajo U$ 12.2 mil millones en inversión; en 2018, las 250 principales empresas de FinTech recaudaron colectivamente más de U$ 31.85 mil millones.  El informe Fintech Pulse de KPMG informa que la inversión global en FinTech aumentó de U$ 50.8 mil millones en 2017 a U$ 111.8 mil millones en 2018, más del doble, con un número sin precedentes de acuerdos a través de múltiples canales.

La revolución FinTech es única en el sentido de que gran parte del cambio está ocurriendo desde fuera de la industria financiera, ya que las empresas jóvenes de nueva creación y las grandes empresas de tecnología establecidas están tratando de interrumpir a los titulares, introduciendo nuevos productos y tecnologías, y proporcionando una nueva dosis significativa de competencia. Basta con entrar en una conferencia FinTech y observar a su audiencia: ya no vemos banqueros y hombres de traje y gomina, sino básicamen millennials de Silicon Valley y techies en remera y jeans.

Las empresas de nueva creación que implementan FinTech y sus nuevas tecnologías están compitiendo para competir contra las empresas tradicionales en todas estas dimensiones. Estas empresas más pequeñas, o al menos las más importantes, están diseñadas para ser una amenaza, desafiar y, finalmente, usurpar a los proveedores de servicios financieros tradicionales arraigados al ser más ágiles, servir a un segmento desatendido o proporcionar un servicio más rápido y/o mejor. Basta pensar en empresas como Revolut, Klarna o Satispay (las tres start-ups más valoradas de Europa, incluidas las start-ups no FinTech): todas destinadas a reemplazar los servicios bancarios tradicionales que de otro modo podrían ser más lentos y caros.

Varios grandes bancos ya han invertido dinero en el sector: según GBInsights, Goldman Sachs, Citi y JP Morgan Chase tienen inversiones significativas en ofertas de FinTech. Adoptando la cultura FinTech, gigantes como Goldman Sachs y JPMorgan Chase están organizando equipos e individuos para desarrollar e impulsar nuevas iniciativas a través de la innovación abierta y el intercambio de conocimientos con nuevas empresas FinTech y otras partes interesadas. Por ejemplo, JPMorgan adoptó un enfoque ágil, primero invirtiendo en la start-up de pagos LevelUp y luego integrando las tecnologías de las compañías para mejorar su sistema Chase Pay existente.

La crisis de 2008 trajo consigo una ‘democratización’ de los mercados financieros. FinTech ha cambiado, ha evolucionado, sin embargo al mismo tiempo, lo que cambió no fueron los productos y servicios financieros per se, que se mantuvieron iguales a pesar de la implementación de nuevas tecnologías, sino los mercados y actores del mercado. El enfoque de FinTech cambió. Hoy en día, es más rápido, más barato y mejorado. Es más accesible, más democrático. Sin embargo, en esencia, FinTech, a pesar de que los llamativos términos llegan a los titulares, sigue siendo el mismo. 

Una [no tan breve] comparación entre los servicios y productos financieros tradicionales y FinTech

Ahora al quid de la cuestión. Nuevamente cabe recalcar que FinTech -y sus servicios y productos- no son más que la aplicación de nuevas tecnologías a los mismos productos y servicios de las finanzas y la banca tradicionales. Los servicios y productos siguen siendo los mismos. Con ligeros cambios. Excepto, por supuesto, el tan innovador Bitcoin. 

Los productos y servicios FinTech derivan en última instancia de, o están destinados a reemplazar, productos y servicios financieros tradicionales. Por ejemplo, CBDC.  Una moneda digital del banco central (CBDC) es la forma digital de la moneda fiduciaria de un país que también es un reclamo sobre el banco central (moneda fiduciaria, o fiat currency, es un tipo de moneda que no está respaldada por oro, y generalmente decretada por un gobierno como moneda de curso legal). En lugar de imprimir dinero, el banco central emite monedas electrónicas o cuentas respaldadas por el gobierno. CBDC es, esencialmente, dinero. Por lo tanto, a pesar de que la tecnología aplicada al llamado dinero resultó en un producto FinTech, la función del mismo sigue siendo la misma. 

El pago tradicional, de igual manera, está siendo reemplazado actualmente por la alternativa FinTech de aplicaciones de pago (PayPal, Revolut, Venmo, Zelle y otras) y monedas virtuales, con Bitcoin, la nueva moneda innovadora desarrollada por el anónimo Satoshi Nakamoto, siendo el mejor y más conocido ejemplo de ello. Una moneda virtual es una representación digital de valor solo disponible en forma electrónica y se almacena y se realiza a través de software designado, aplicaciones móviles o informáticas. Las transacciones que involucran monedas virtuales ocurren a través de redes seguras y dedicadas o a través de Internet, y el pago virtual permite que el dinero pase de A a B sin la necesidad de un intermediario financiero. Del mismo modo, esto sucede con las aplicaciones de transferencia virtual, en comparación con las transferencias bancarias tradicionales. El proceso es el mismo, sin embargo, aplicaciones como TransferWise hacen que todo sea más fácil, más barato y más rápido, pero la función sigue siendo la misma.

En este sentido, por más disruptivo que sea el concepto de Bitcoin, una de sus principales funciones es el pago. Sin embargo, cabe señalar que, como mencioné más arriba, Bitcoin es la excepción a la regla y representa un concepto de moneda completamente nuevo, ya que realmente no funciona como una normal. Es volátil, no estable, y se utiliza principalmente como un medio de especulación en lugar de pago. También está encriptado, ya que utiliza la tecnología blockchain, que permite la existencia de criptomonedas (entre otras cosas). Blockchain también es completamente nuevo: un blockchain es un libro mayor descentralizado de todas las transacciones a través de una red peer-to-peer. También es (y esto es aún discutido) a prueba de manipulaciones, alteraciones o modificaciones.

Por otro lado, cuando se elimina el aspecto volátil de una criptomoneda, se convierte en una moneda estable, denominada stablecoin. Es decir, una moneda normal. Las monedas estables están destinadas a rastrear el dólar estadounidense y ofrecer un medio estable de intercambio dentro de los criptomercados, por lo que los inversores no tienen que incurrir en tarifas al mover dólares estadounidenses dentro y fuera del mercado. Como su nombre indica, se supone que las monedas estables son estables, pero en realidad, el pasado 9 de mayo TerraUSD (UST) y su moneda hermana, Luna, tuvieron un colapso dramático y cayeron hasta 9 centavos. El precio de Bitcoin también cayó más del 50% desde su máximo histórico de U$ 68,000 en la primera mitad de mayo, a su nivel más bajo en seis meses. Ethereum, otra criptomoneda, siguió el ejemplo de Bitcoin y también lo hizo casi todas las demás criptomonedas.

Crowdfunding es otro término que suelen emplear los techies en el mundo FinTech. El crowdfunding es una forma de recaudar dinero para financiar proyectos y negocios. Permite a los recaudadores de fondos recaudar dinero de un gran número de personas a través de plataformas en línea. El crowdfunding es utilizado con mayor frecuencia por empresas de nueva creación o empresas en crecimiento como una forma de acceder a fondos alternativos. Es una forma innovadora de obtener fondos para nuevos proyectos, negocios o ideas. Existen numerosas modalidades de crowdfunding, como los préstamos P2P (peer-to-peer), en los que el 'crowd' (público) presta dinero a una empresa con el entendimiento de que el dinero se reembolsará con intereses. Es muy similar a los préstamos tradicionales de un banco, excepto que se pide prestado a muchos inversores.  También escuchamos bastante sobre las ICO (Initial Coin Offerings), que por complicadas que parezcan, son básicamente la alternativa FinTech de una IPO (Initial Public Offering). Las IPO son ofertas públicas en las cuales una compañía se vuelve 'pública' recaudando fondos del público a través de acciones las cuales son generalmente puestas a la venta al público en bolsas de valores a través de bancos de inversión (exactamente lo contrario de lo que sucedió con la situación de Twitter – Elon Musk a principios de 2022, a partir de lo cual Twitter volvió a ser una empresa privada). La diferencia radica en que en las ICO, los fondos se recaudan para una nueva criptomoneda y a diferencia de las IPO, no están reguladas. Ahora bien, ¿cuál es la diferencia entre el crowdfunding y las ICO? La respuesta es: prácticamente ninguna. La única diferencia es que las ICO se utilizan únicamente para empresas de criptomonedas y el alcance del crowdfunding es mucho mayor. 

Situación actual de Paraguay y criptoactivos

Si bien los criptoactivos aún no están específicamente regulados en nuestro país como moneda legal, el Banco Central del Paraguay (BCP) emitió entre los 2019 y 2021 comunicados oficiales indicando que las criptomonedas solo tienen ‘carácter de curso legal y fuerza cancelatoria’ en la medida en que sean emitidas por un banco central.

En este sentido, el BCP reconoce al guaraní como la única moneda de curso legal y oficial en Paraguay, según lo dispuesto en la Ley N° 489/1995 Ley Orgánica del BCP, con la consecuencia de que Bitcoin y las criptomonedas no gozan de ninguna garantía por parte del gobierno. No obstante lo anterior, el BCP emitió un comunicado anunciando la formación de un grupo de trabajo sobre monedas digitales, refiriéndose a las CBDC. 

El artículo 48 de la Ley 489/95 define la moneda extranjera como ´billetes o monedas de países extranjeros, cualquiera que sea su denominación o características’. A su vez, el artículo 56 de la Ley Nº 2794/2005 De Entidades Cambiarias adopta una definición similar y agrega que estos billetes o monedas de países extranjeros constituyen moneda de curso legal. Cabe resaltar que en esta ley no se prevé ningún requisito en cuanto a que la moneda extranjera deba ser emitida por un banco central. De acuerdo con esta definición, Bitcoin podría tener elementos suficientes para ser considerado una moneda extranjera según la ley paraguaya, ya que constituyen moneda de curso legal en otros países, como en El Salvador. En el mismo orden de ideas, las CBDC también podrían llegar a gozar del mismo tratamiento, ya que constituyen moneda de curso legal e incluso son emitidas por un banco central. 

Por otro lado, en materia de antilavado, la Ley Nº 1015/1997 Que previene y reprime los actos ilícitos destinados a la legitimación de dinero o bienes, modificada por Ley Nº 3783/2009, incluyó a los proveedores de servicios de activos virtuales dentro sus sujetos obligaciones. Es en esta ley donde ya se tiene en cuenta el aspecto virtual de un activo, ya que dentro de la definición de los mismos se considera que éstos puedan ser virtuales. 

Los proveedores de activos virtuales también están sujetos a la Resolución SEPRELAD N° 314/2021 aplicable a 'las personas naturales y jurídicas constituidas o domiciliadas dentro del territorio nacional, que realizan actividades asociadas a activos virtuales, tales como minería o su equivalente, intercambio, transferencia, almacenamiento y administración, participación y prestación de servicios financieros relacionados’.

Esta norma define el ‘activo virtual’ como la "representación digital del valor que se puede negociar o transferir digitalmente y se puede utilizar para pagos o inversiones y aclara que estos no incluyen representaciones digitales de moneda fiduciaria, valores y otros activos financieros.

Con respecto a la regulación específica de criptoactivos, en el 2021 fue introducido un proyecto de ley a la Cámara de Senadores que regula la industria y la comercialización de activos virtuales/criptoactivos. La propuesta tiene por objeto regular las actividades de minería, comercialización, intermediación, intercambio, transferencia, custodia y/o administración de criptoactivos o instrumentos que permitan el control sobre criptoactivos y la misma será de aplicación obligatoria para toda persona física o jurídica domiciliada en Paraguay, que se dedique a las actividades de minería, comercialización, intermediación, intercambio, transferencia, producción, custodia y/o administración de criptoactivos o instrumentos que permitan el control sobre los mismos. El proyecto fue aprobado con modificaciones por la Cámara de Diputados y se encuentra aún bajo en trámite desde mayo de este año.

No es de curso legal.. pero tampoco es ilegal

Si bien el BCP no reconoce a las criptomonedas como aquellas de curso legal y fuerza cancelatoria, es importante notar que no son ilegales, y como cualquier obligación civil, están sujetas a acuerdo entre partes en cualquier transacción y por lo tanto se rigen bajo las normas del Código Civil. El artículo 715 del Código Civil establece la autonomía de las partes, abriendo la posibilidad de acuerdo de criptomonedas como medio de pago en cualquier transacción. 

Asimismo, vemos que el CC en su artículo 1873 provee la definición de objetos intangibles susceptibles de valor, bajo cuya definición podría encuadrarse a los criptoactivos, los cuales podrían ser objeto de derechos reales bajo la previsión dada por el artículo 1896 que establece que ‘están en el comercio todas las cosas cuya enajenación no fuesen expresamente prohibida, o no dependiese de una autorización pública’. Podemos entender a la titularidad de criptoactivos/criptomonedas como un derecho in rem, sui generis, que si bien no está expresamente previsto, no puede ser considerado como ‘ilegal’. Bien podrían ser objeto de un contrato de permuta, extensivamente permisivo en derechos patrimoniales de acuerdo con lo previsto en el artículo 799 del CC. A mero efecto de hacer un disclaimer agrego que esta es una mera interpretación y que el BCP no se ha pronunciado en este sentido sobre los criptoactivos y criptomonedas.

Consideraciones finales

Luego de este (no tan breve) análisis vemos que FinTech es simplemente el proceso de cambio impulsado por la búsqueda de una mayor eficiencia que caracteriza a los mercados financieros. Vemos como esta nueva revolución financiera fue simplemente causada por una introducción en auge de nuevas tendencias tecnológicas con rimbombantes nombres, pero que no obstante sigue siendo, con la sola excepción de Bitcoin y otras criptomonedas, la aplicación de nuevas tecnologías a los mismos servicios y productos financieros. Los actores del mercado, sin embargo, sí que cambiaron. El escenario FinTech está poblado por jóvenes start-ups y empresas Big-Tech que llegaron para quedarse y prometen revolucionar el mercado. Los productos y servicios FinTech se pueden analizar a la luz de los productos y servicios financieros tradicionales: las stablecoins son monedas normales que imitan al USD, las ICO son el equivalente FinTech a las IPO, los préstamos P2P y el crowdfunding recaudan fondos del público con la única diferencia de ser a través de medios digitales, entre otros. Todo se reduce a lo mismo: FinTech es el mismo mercado financiero de siempre, pero esta vez con nuevas tecnologías – que ojalá sigan facilitándonos y no complicándonos la vida. Solo resta observar la evolución regulatoria, que, si bien en nuestro país es aún incipiente, promete seguir avanzando.

Artículos relacionados