De momento no pueden cortar el servicio a las afectadas,
porque es casi seguro que los mismos apelen el fallo
ante la Corte Suprema de Justicia. “Allí
nosotros vamos a necesitar la ayuda de toda la ciudadanía,
de la Conatel, del sindicato de la Copaco para que
la Sala Constitucional de la Corte dictamine rápido
y no espere otros 10 años”, insistió
Astigarraga.
El lunes mantendrá, juntamente con la Procuraduría
General de la República una reunión,
con el directorio de la Comisión Nacional
de Telecomunicaciones (Conatel), ente que regula
las telecomunicaciones, y cuya resolución
de hace una década tuvo mucho que ver para
que las firmas obtuvieran la medida cautelar.
Los antecedentes
El caso se inició en el 2000, cuando las
citadas empresas recurrieron a la justicia contra
la resolución del ente regulador (662 y 672),
que les prohibía prestar el servicio VoIP.
Consiguieron la medida para seguir prestándolo
por casi diez años.
En todo este tiempo, lucraron con las llamadas
internacionales haciendo que la facturación
de Copaco fuera decayendo.
El servicio voz sobre IP permite la comunicación
a través de Internet, de una computadora
a otra, como son los casos del “messenger”
o “skype”. Esto es legal. Pero el negocio
es su uso para generar llamadas o desviarlas, mediante
“ruteadores” hacia una línea
convencional o celular, como lo hacían Sausalito
y Conexion. De acuerdo al ente regulador, este tipo
de llamadas solo puede hacerlo la telefónica
estatal.
PUBLICACION: ABC Color, versión
digital de fecha domingo 15 de junio de 2009.
http://www.abc.com.py/2009-06-14/articulos/531101/titular-de-la-copaco-considera-alentador-el-fallo-del-tribunal